martes, 27 de septiembre de 2011

La LOGSE y la educación permanente


En España el punto de partida de la educación de personas adultas comienza con la ley de ordenación general del sistema educativo (LOGSE). Anteriormente ni la ley orgánica de derecho a la educación (LODE), ni la ley general de educación (LGE) mencionan a la educación permanente.
A partir de la LOGSE tanto la ley orgánica de calidad de la educación (LOCE) como la ley orgánica de educación (LOE) van añadiendo información que completan este tipo de educación.
Como incluir todos los artículos que se plasman en las leyes sobre educación de personas adultas puede ser un poco extenso, os dejo unos enlaces para quien quiera pueda visualizarlo.




No obstante, a continuación os relato las diferencias más significativas que he encontrado en las diversas leyes.

Aspectos que se incluyen en la LOCE respecto a la LOGSE
  • La LOCE añade un objetivo más a los 3 objetivos que inicialmente propone la LOGSE y es el de desarrollar programas para ayudar a las necesidades educativas de grupos sociales desfavorecidos.

  • La LOCE integra programas de lengua castellana y otras lenguas cooficiales para facilitar la integración de las personas inmigrantes.

  • Se reduce el número de años para poder acceder a la prueba de bachillerato, de mayores de 23 años en la LOGSE a mayores de 21 años en la LOCE


Aspectos que se incluyen en la LOE respecto a la LOCE
  • La LOE añade 3 objetivos más a los que propone la LOCE y son:
  1. Desarrollar sus capacidades personales, en los ámbitos expresivos, comunicativo, de relación interpersonal y de construcción del conocimiento
  2. Responder a los desafios que supone el envejecimiento progresivo de la población asegurando a las personas de mayor edad la oportunidad de incrementar sus competencias
  3. Resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, así como analizar y valorar críticamente las desigualdades entre ellos.



  • La LOE especifica que la enseñanza para las personas adultas se hará con una metodología flexible y abierta basándose en el autoaprendizaje.

  • Se incluye en la LOE el poder acceder a enseñanzas artísticas superiores, las personas mayores de 19 años

  • La LOE reduce en 1 año el poder presentarse a las pruebas para la obtención del bachillerato. Así mismo indica la edad para acceder a las pruebas de técnico de formación profesional, cosa que la LOCE no mencionaba

  • Se añade en la oferta pública de educación a distancia el uso de las tecnologías de la información y la comunicación